
Cultura | Convocatoria de Ayudas para las Asociaciones Culturales de personas afiliadas dedicadas al teatro y la música
El plazo para completar el proceso de solicitud finaliza el 31 de octubre de 2025
La ONCE convoca ayudas para el año 2026 destinadas al mantenimiento y desarrollo de las asociaciones culturales que cumplan los siguientes requisitos: estar constituidas, al menos en un 50 %, por personas afiliadas a la ONCE; contar en su seno con algún grupo artístico, ya sea de música o de teatro, del que al menos el 50 % de sus integrantes sean personas afiliadas, y que colaboren con el centro de la ONCE correspondiente a su ámbito territorial, a través de actuaciones y/o representaciones abiertas a la participación de las personas afiliadas.
La solicitud de subvención prevista se tramitará a través de la cumplimentación de un formulario y la aportación de documentos en formato electrónico en la carpeta prevista a tal efecto. Tanto el formulario como la carpeta para la inclusión de la documentación se encuentran en el siguiente enlace: Asociaciones culturales 25 - 26 (sharepoint.com), disponible para las personas responsables de gestionar las solicitudes de cada centro/asociación.
El plazo para completar el proceso de solicitud de subvención para el año 2026 finaliza el 31 de octubre de 2025.
La resolución por parte de la Dirección de Promoción Sociocultural, Artística y Deportiva, será comunicada a partir del 20 de enero de 2026, una vez aprobados los presupuestos de la ONCE y tras la valoración de las Comisiones Evaluadoras.
Criterios de valoración
La Dirección de Promoción Sociocultural, Artística y Deportiva tendrá en cuenta a la hora de valorar los diferentes proyectos y para la concesión de las subvenciones, los siguientes aspectos:
- Actividad durante 2025 de la asociación y de los grupos artísticos que la constituyen, referente a: realización de ensayos, estreno de obra prevista, formación y otras acciones. Se valorará asimismo la adecuación de la obra o repertorio seleccionados al momento y situación del grupo.
- Resultado de su inclusión en el medio artístico: participación en festivales, actuaciones al margen del ámbito institucional y otro tipo de programaciones, así como acciones de difusión y visibilidad a través de medios digitales y redes sociales.
- Impacto en el entorno cultural y en los medios de comunicación.
- Evaluación del proyecto y del presupuesto para el año para el que se solicita la subvención.
- Número de personas afiliadas a la ONCE pertenecientes al grupo y, en el caso de ser de teatro, protagonismo de los mismos en las obras.
- Incorporación de personas afiliadas a la ONCE como nuevos componentes.
- Número de representaciones/actuaciones realizadas y que esté previsto realizar a lo largo de 2025/2026.
- Cofinanciación a través de otras subvenciones, cobro de caché, ingresos por taquilla u otras fuentes de financiación de sus actividades.
- Valoración del responsable del Centro.
- Cualquier otro aspecto que se estime oportuno valorar, para lo que a la vista de la información aportada se podrá solicitar información complementaria.
El importe máximo solicitado a la ONCE no podrá exceder el 75 % del coste total del proyecto para 2026. Las subvenciones tendrán carácter anual y su abono se realizará en dos plazos: el 50 % preferiblemente en la segunda quincena del mes de febrero y el 50 % restante en la segunda quincena del mes de julio.
El abono del primer plazo de la subvención se realizará previa presentación de la copia del acta de la asamblea ordinaria de la asociación en la que, entre otros puntos del orden del día, se incluyan: lectura y aprobación de la memoria de las actividades realizadas en 2025, lectura y aprobación del balance económico de dicho año, lectura y aprobación del programa de actividades y del presupuesto para 2026. Si la citada asamblea ordinaria se va a celebrar con posterioridad a la finalización del primer plazo, el acta correspondiente se remitirá tan pronto como se haya celebrado aquella, la cual –de acuerdo con los estatutos de la asociación– deberá tener lugar antes de finalizar el primer cuatrimestre del año.
En cualquier caso, la citada acta deberá remitirse, inexcusablemente, antes del 15 de mayo de 2026.
► Puede consultarse toda la información en el Oficio-Circular 49/2025, de la Dirección de Promoción Cultural, Artística y Deportiva