Imagen de la Comisión de Trabajo del Senado

El Senado da el penúltimo paso para prohibir el despido por incapacidad sobrevenida por casi unanimidad

La Comisión de Trabajo del Senado aprobó el 10 de abril, por 28 votos a favor y uno en contra, la reforma legal que establecerá la eliminación de la extinción automática del contrato de trabajo en situaciones de incapacidad permanente por discapacidad sobrevenida, de modo que únicamente falta que en el pleno del Senado se apruebe definitivamente.

Tras la aprobación el 27 de marzo en la Cámara Baja, el texto legal pasó al Senado, donde el 8 de abril concluyó el plazo para presentar enmiendas, lo que no ha sucedido, de modo que la reforma legal fue aprobada este jueves en Comisión para ser elevado al Pleno de la Cámara Alta que tendrá lugar el 22 de abril, según informaron fuentes parlamentarias a Servimedia.

Al no haberse presentado enmiendas, más allá de un veto de Vox que no prosperó, la norma ya no tendrá que volver a ser sometida a votación en el Congreso, por lo que el propio Senado la remitirá al Boletín Oficial del Estado (BOE) para su posterior entrada en vigor.

Cabe recordar que, en octubre, el proyecto de ley ya superó su primer examen parlamentario, dado que antes de poder empezar su tramitación en el Congreso tuvo que vencer una enmienda a la totalidad de devolución de Vox, que fue rechazada por todos los partidos, salvo por los diputados de la formación de Abascal.

Así, el dictamen de la ponencia del proyecto de Ley por la que se modifican el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores en materia de extinción del contrato de trabajo por incapacidad permanente de las personas trabajadoras y el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en materia de incapacidad permanente será aprobado por casi unanimidad.

Esta reforma legal es una vieja demanda del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) que fue recogida por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, el pasado año, y que fue pactada por ambas partes antes de ser aprobada en Consejo de Ministros.

Cambios legales

La modificación del artículo 49.1.e) del Estatuto de los Trabajadores eliminará la referencia a la extinción automática por Gran Incapacidad, Incapacidad Permanente Absoluta e Incapacidad Permanente Temporal, separando con ello estas causas de la muerte de la persona trabajadora.

La posibilidad de extinguir el contrato, hasta ahora en manos de la empresa, se condiciona a la voluntad de la persona trabajadora que podrá solicitar una adaptación del puesto de trabajo razonable, necesaria y adecuada o el cambio a otro puesto de trabajo vacante y disponible, acorde con su perfil profesional y compatible con su nueva situación.

El texto también establece los criterios que permiten determinar cuándo los ajustes necesarios constituirían un coste excesivo para la empresa valorando, de manera específica, si los gastos de adaptación pueden sufragarse con ayudas o subvenciones públicas de manera parcial o total y también, en su caso, si son razonables para el tamaño de la empresa.

Además, durante la tramitación en el Congreso, en la ponencia de la reforma legal, se pactaron algunos cambios en el proyecto de ley, entre los que destaca que, en el plazo de seis meses y en el marco del diálogo social, el Gobierno presentará una propuesta de modificación de la normativa en materia de Seguridad Social sobre incapacidad permanente y su compatibilidad con el trabajo.

Finalmente, se pactó que, con el objetivo de avanzar en los principios de igualdad y no discriminación en el acceso y consolidación del empleo de las personas con discapacidad, en el plazo de 12 meses y en el marco del diálogo social y del Pacto de Toledo, el Gobierno presentará una propuesta de modificación de los regímenes del personal de la Guardia Civil, del Cuerpo Nacional de Policía y de las Fuerzas Armadas para garantizar la posibilidad de adaptar o cambiar el puesto de trabajo en caso de incapacidad permanente absoluta, total o gran incapacidad por discapacidad sobrevenida.

Dicha norma será presentada como proyecto de ley.
 

Compartir :

Te puede interesar

Kit de voto en braille

El Congreso pide modificar la Ley Electoral para que las personas ciegas puedan votar solas también en las municipales, por correo y desde el extranjero

La Comisión Constitucional ha aprobado en el Congreso la Proposición No de Ley (PNL) presentada por Junts para modificar la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) para que “se establezcan aquellos procedimientos de votación, medios de apoyos o adaptaciones” necesarias que permitan a las personas ciegas o con discapacidad visual “ejercer su derecho al voto de forma autónoma y con garantías de secreto de sufragio” en todos los procesos electorales, incluidas las elecciones municipales, y también en las modalidades de voto por correo y como residentes en el extranjero.

Diapositiva con el logo del 10º aniversario de la Ley del Tercer Sector

La Plataforma del Tercer Sector celebra el 10º aniversario de la Ley del Tercer Sector y exige avances reales en su aplicación 

La Plataforma del Tercer Sector, que representa a cerca de 28.000 entidades sociales, en el décimo aniversario de la aprobación de la Ley del Tercer Sector de Acción Social (Ley 43/2015), destaca la importancia de esta norma como hito legislativo en el reconocimiento del papel esencial que desempeñan las entidades sociales en la promoción de los derechos y la cohesión social. 

El ministro Pablo Bustinduy, en una Asamblea extraordinaria de la Plataforma del Tercer Sector | Foto del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030

Derechos Sociales concede ayudas directas por 50 millones de euros para reforzar a las entidades del Tercer Sector

El Consejo de Ministros aprobó el 7 de octubre el Real Decreto que regula la concesión directa, con carácter excepcional y por razones de interés público y social, de ayudas por un importe que asciende a los 50.083.440 euros a una serie de entidades del Tercer Sector de Acción Social y del ámbito de la defensa de los derechos de las personas con discapacidad, a la Federación Española de Municipios y Provincias, así como a las Ciudades de Ceuta y Melilla y la Comunidad Autónoma de Canarias.